Cuando una persona fallece, sus bienes patrimoniales tienen que sucederse a otros, no pueden quedar sin dueño, ni en el limbo; para lo cual, la ley prevé a quiénes les corresponde recibirlos. Una es por testamento, cuando existe un documento que exprese la voluntad del testador, y la otra es intestada, cuando no lo hay. La primera aplica directamente a los beneficiarios, pero la segunda tiene sus incidencias legales.
La sucesión hereditaria es un proceso que involucra una serie de acciones legales destinadas a transferir los bienes de una persona que haya fallecido a terceros. Es un procedimiento que tiene muchas aristas y que requiere la asesoría de abogados herencias expertos en la materia, que ayuden a ejecutar las medidas que sean necesarias para cumplir los requerimientos de ley.
A veces se pueden presentar situaciones complicadas que requieren tratamientos legales especiales y la participación de abogados especializados que asesoren a las partes involucradas. La mayoría de los inconvenientes en las reclamaciones de herencia se presentan cuando no hay documentos registrados que formalicen la sucesión.
¿Qué hacer cuando no hay testamento?
Hay dos maneras de formalizar dicha transmisión de patrimonios: una con testamento, que involucra la voluntad expresa del testador (persona que decide a quién se transfieren sus pertenencias tras su fallecimiento), y la intestada, que sucede cuando no existe ningún documento testamentario y todo debe resolverse siguiendo lo establecido en las normativas legales vigentes.
En esos casos, en los que no existe testamento, hay que revisar muy bien lo establecido en las leyes, ya que en ellas está claramente tipificado quiénes tienen derecho a heredar y qué debe hacerse para hacer valer esos derechos.
Las razones que determinan una sucesión intestada, están establecidas en el artículo 12 del Código Civil:
- Cuando una persona muere sin dejar testamento, que este sea nulo o que haya perdido validez.
- Cuando en el testamento no se determinan con exactitud la institución del heredero o los bienes que este recibirá.
- Cuando el heredero muere antes del testador, o no acepta la herencia sin que haya sustituto y no haya derecho de acrecer.
Puede pasar que surjan injusticias en la distribución de los bienes a heredar en perjuicio de beneficiarios legales que, por no saber sus derechos, no reciben lo que les corresponde. Por eso, es esencial la intervención de un buen abogado especialista en herencias que ayude a establecer una repartición justa del patrimonio, sin menoscabo de ninguna de las partes involucradas.
Con la participación de un letrado experto en la materia de Derecho de sucesiones, se garantizan, no solo procedimientos transparentes y apegados a la ley, sino también ahorro de tiempo y recursos en la ejecución de las consecuentes medidas.
Entonces, lo aconsejable cuando se piensa impulsar una acción de reclamación de una herencia, primeramente, se debe buscar la asesoría de un abogado experto en el área, para que todo se cumpla legalmente y los herederos legítimos (los establecidos por ley) reciban lo que justamente les corresponda.
Distribución de una herencia intestada
La ley establece claramente la manera de dividir una herencia intestada, lo cual se hace de la siguiente forma:
- Tienen prioridad los hijos del fallecido, legítimos e ilegítimos, quienes recibirán partes iguales de la herencia. En caso de que uno de los hijos haya fallecido, sus descendientes (los nietos del fallecido) recibirán la parte que les hubiese correspondido, dividida en porciones iguales.
- De no haber hijos, ni nietos, la herencia pasa a los padres; si uno estuviera fallecido, el otro recibirá la totalidad de la herencia; y si ambos ya no estuvieran, la tendrán los abuelos.
- Si no hay familiares descendientes, ni ascendientes, el cónyuge viudo será el titular de la herencia.
- Al no existir ninguno de los familiares mencionados, el derecho de suceder pasa a los hermanos, sobrinos, tíos y primos, en ese orden de prioridad.
- En última instancia, de no haber herederos, el Estado reclamará la totalidad de la herencia.